Protección de datos personales:
Art. 1.- “El titular de los datos personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto conforme lo establecido en el art. 14, inc. 3 de la ley 25326”.
Art. 2.- “La Dirección Nacional de Protección de Datos Personales, Órgano de Control de la ley 25326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que se interpongan con relación al incumplimiento de las normas sobre protección de datos personales”.