El Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI) dictó la Resolución N° 583/2025, publicada en el Boletín Oficial el 11 de diciembre de 2025, mediante la cual introduce modificaciones relevantes en el procedimiento de registro de marcas en Argentina.
Desde esa fecha, el examen de las solicitudes de marcas nuevas queda limitado exclusivamente a las prohibiciones absolutas y a cuestiones vinculadas al orden público. Las prohibiciones relativas —como la posible colisión con marcas similares anteriores— deberán ser planteadas únicamente por terceros a través del sistema de oposiciones, sin análisis de oficio por parte del INPI.
Asimismo, a partir del 1 de marzo de 2026, los exámenes de forma y de registrabilidad se realizarán luego del ingreso de la solicitud y antes de su publicación, a diferencia del régimen actual, en el cual el examen de registrabilidad tiene lugar con posterioridad a la publicación.
Vencido el plazo de publicación, el INPI concederá las solicitudes que no hubieren recibido oposiciones de terceros.
La presentación oportuna de oposiciones resulta fundamental para una adecuada protección de los derechos marcarios, ya que el INPI dejará de analizar de oficio las eventuales colisiones con marcas similares anteriores.